THC y Dronabinol incluidos como medicamento en Italia
Actualización de las tablas detallando las sustancias estupefacientes y sustancias psicotrópicas (...) Inclusión en la Tabla II, sección B, medicinas de origen vegetal Cannabis (sustancias y preparados plantas, incluyendo extractos y tinturas).
Vistos los artículos 2, 13 y 14 del Decreto del Presidente de República 09 de octubre 1990, n. 309 y sus sucesivas modificaciones relativas a:
"Ley consolidada sobre la regulación de las drogas y sustancias sicotrópicas y la prevención, tratamiento y rehabilitación de la adicción a las drogas ", y visto en particular que "debe existir una lista legislada de todas las sustancias y preparados enumerados en las convencione y acuerdos internacionales y mantenerlas actualizadas en función de los nuevos conocimientos científicos, y teniendo en cuenta el código comunitario sobre medicamentos para uso humanos, y teniendo en cuenta le codigo comunitario que muestran, respectivamente, las definiciones
de medicamento de origen vegetal, sustancias de origen vegetal se incluyen en la lista de medicamentos aptos las sustancias delta-9-tetrahidrocannabinol y
trans-delta-9-tetrahidrocannabinol o dronabinol, que puede utilizarse como medicamentos, se acepta la inclusión en la sección B de la referencia el cannabis medicinal a base de plantas (sustancias y preparaciones a base de hierbas, incluyendo extractos y tinturas), de conformidad con los cambios introducidos por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes.
Publicación del decreto en la Gaceta Oficial del Estado Italiano |
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